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domingo, 27 de abril de 2008

DESPUÉS: " DRAMATIZACIÓN II "

Para la realización del Después de la dinámica “Dramatización II Video Digital” voy a presentar:

  • Un documento del “Consejo Escolar”
  • Un caso real de una niña inmigrante con caso de Bullying.
  • Un Power Point del Video Digital en el aula

Empezare presentando el concepto de CONSEJO ESCOLAR:

1.- ¿Qué es el Consejo Escolar y quiénes lo componen?

Es el máximo órgano de gobierno de los centros educativos. Tiene carácter colegiado y canaliza la participación de todos los grupos y estamentos que componen la comunidad escolar de un centro. Su constitución es obligatoria en cualquier centro que este gestionado con fondos públicos, ya sea un centro público o concertado. Los miembros del consejo se renuevan cada dos años por mitades excepto los pertenecientes al Equipo Directivo que están como mínimo cuatro cursos.

2.- ¿Cuáles son las funciones del Consejo Escolar?

Las funciones del Consejo Escolar se recogen en al Real Decreto 83/1996 del 26 de Enero de 1996 BOE 21 de Febrero 1996. Además la Ley de Evaluación, Participación y Gobierno de los Centros Docentes aporta algún cambio a estas competencias.

Establecer las directrices para la elaboración del proyecto educativo, aprobarlo y evaluarlo, sin perjuicio de las competencias que el Claustro de profesores tiene atribuidas en relación con la planificación y organización docente. Asimismo, establecer los procedimientos para su revisión cuando su evaluación lo aconseje.

Elegir al Director del instituto.

Proponer la revocación del nombramiento del director, en los términos establecidos en el artículo 19.3. c) del Real Decreto 83/1996 de 26 de Enero de 1996. BOE de 21 de Febrero de 1996.

Decidir sobre la admisión de alumnos, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente.

Aprobar el proyecto de presupuesto del instituto y la ejecución del mismo.

Promover la renovación de las instalaciones y equipamiento del instituto y vigilar su conservación.

Aprobar y evaluar la programación general del instituto, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que competen al claustro.

Aprobar y evaluar la programación general de las actividades escolares complementarias.

Fijar las directrices para la colaboración del instituto, con fines culturales, educativos y asistenciales, con otros centros, entidades y organismos.

Analizar y evaluar el funcionamiento general del instituto, especialmente la eficacia en la gestión de los recursos, así como la aplicación de las normas de convivencia y elaborar un informe que se incluirá en la memoria anual.

Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del instituto.

Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del instituto realice la Administración educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo.

Informar la memoria anual sobre las actividades y situación general del instituto.

Conocer las relaciones del instituto con las instituciones de su entorno y con los centros de trabajo.


3. - ¿Quienes pueden elegir y ser elegidos/as?


Todos/as los/as estudiantes matriculados/as en el centro pueden elegir a sus representantes y ser elegidos/as como tales. Da igual que estén matriculados/as en turno de mañana, tarde o noche, en secundaria, bachillerato o formación profesional, todos/as y cada uno/a tiene estos dos derechos.

Sin embrago, debido al desconocimiento por parte de los/as estudiantes y a la dejadez por parte de las administraciones educativas, a la hora de realizar campañas de participación, se utilizan a menudo frívolos criterios para elegir a los/as representantes de los/as estudiantes. Frente a ello, habría que elegir entre quienes tengan mayor disposición, conexión con los alumnos, motivación, capacidad, acceso a información, etc.….

Seguido esto, presentare un caso real de BULLYING:

Niña con hiyab

Es una de las noticias más chocantes de estos días porque el caso puede multiplicarse con la creciente religiosidad de los inmigrantes musulmanes: Shaima, niña marroquí de ocho años, asiste a un colegio de Gerona cubierta con un gran pañuelo, el hiyab.
No es su primera escuela española: ya había estado en otra el curso pasado donde por el mismo hiyab sufrió las burlas de sus compañeros. Por eso abandonó el centro privado Eiximenis, catalanista y multiculturalista.
Posiblemente volverá a ser humillada en su nuevo colegio porque casi todos los niños son crueles co
n lo extraño, especialmente si es oscurantista.
Y en lugar de librarla del hiyab, sus piadosos padres insisten en que asista a clase con él. Incluso están decididos a devolverla a Marruecos si
se lo prohíben.

Quizás tenga que irse cuando sus compañeros descubran la descorazonadora razón de ese velo, que no es una expresión folclórico-cultural, sino una barrera física contra los agresivos instintos sexuales de esos niños. Y de los suyos propios, pues la mujer tiende a ser promíscua.
Tal es el significado del hiyab arábigo: llegado del desierto, todo varón necesita mujeres. Es un incontinente sexual. Cualquier hembra que no está velada le excita, porque además la ausencia de velo pretende excitar al hombre (Corán: 24, 31 azora de la Luz; 59, 33, azora de los Partidos; decenas de hadices, y los de la boda de Mahoma con su séptima esposa, Zaynab). Por eso tantas legislaciones islámicas disculpan a los violadores.
El irracional mensaje del velo de Shaima es que los niños, sus compañeros, son violadores potenciales. Y los adultos, posibles pederastas. Aunque los padres serían felices si su hija fuera Aisha, la niña de siete años con la que se casó Mahoma y a la que poseyó a los nueve.
Patética realidad que los multiculturalistas y aliancistas de civilizaciones, junto con los fanáticos islamistas, tratan de velar, disculpar o negar.

Comentarios

Respecto a la niña, no se trata de defender una cultura u otra. Se trata de defender a la niña.
Está en la naturaleza de los niños el ser crueles con sus compañeros, si uno es diferente al resto se meterán con él.
Algunos niños engordarán demasiado y los llamaran gordos; otros nacerán feos y los llamarán feos; otros serán muy altos y los llamarán palos; otros nacerán chinos y los llamarán amarillos; otros nacerán negros y los llamarán negros.
La educación y la cultura está para eso, años más tarde y gracias a la cultura entenderán y razonarán que estaban en equivocados las cosas, pero a esas edades los niños, niños son y pensar/esperar que los niños no sean egoístas y simples en su manera de actuar y pensar solo lo califico como absurdo.
Resulta q los padres de esta niña, que al parecer no es ni alta, gorda, china o negra, les importa su hija tres pimientos y prefieren que su hija sea marginada en cualquier colegio al que vaya en lugar de hacer que se comporte como el 100% de sus compañeros.
La verdad es que lo único q le deseo a esa niña es q cumpla los 18 años lo antes posible y se independice e intente estar influida lo mínimo posible por padres tan poco flexibles y tan exigentes.

Noticia:

Shaima, la niña musulmana de ocho años que no podía asistir a clase con hiyab en un colegio público de Girona, no es un caso aislado en España, tampoco en algunos países de la Unión Europea. La Generalitat de Cataluña ha obligado a la escuela a que rectifique y permita la asistencia a clase de la niña con la prenda puesta, porque el derecho a la escolarización prevalece sobre las normas internas de los centros. Esta decisión ha sentado un precedente que influirá en aquellos centros donde se intentaba evitar, normalmente por la vía del diálogo, que las alumnas se cubran la cabeza al estilo islámico. Los docentes opinan mayoritariamente que el uso de esta prenda por algunas escolares no está siendo conflictivo.



Por último, presento un Power point del VIDEO DIGITAL:

DURANTE: " DRAMATIZACIÓN II "

Hoy día 23 de Abril hemos realizado la segunda dramatización, llevando a cabo un consejo escolar de un Instituto, en el siguiente enlace podéis ver la Historia conjunta: http://docs.google.com/Doc?id=ddms75rx_26f58nssjr

En esta dramatización llevamos a cabo:

  1. La nueva asignatura “Educación para la ciudadanía”.
  2. Un caso de Bullying.

La asignatura “Educación para la Ciudadanía” y “Bullying” lo podéis observar con más detalles en este enlace de mi blog personal: http://anarbellafernandezmontero.blogspot.com/2008/04/educacin-para-la-ciudadana.html

Tras finalizar la dramatización nos pidió la profesora que argumentáramos cómo nos habíamos sentido cada uno en nuestro papel en la dramatización, a continuación presento el documento, en el cual me expreso:


Hoy día 24 de Abril hemos visualizado la grabación de nuestra dramatización II, además de contestar individualmente a doce preguntas sobre la dinámica. A continuación presento el documento de las preguntas y respuestas:


martes, 22 de abril de 2008

" Dramatización II " EL VIDEO DIGITAL


VIDEO DIGITAL

¿Qué es el Video Digital?

El video digital es un tipo de sistema de grabación de video que funciona usando una representación digital de la señal de vídeo, en vez de analógica. Este término genérico no debe confundirse con el nombre DV, que es un tipo específico de video digital enfocado al mercado de consumo. El video digital se graba a menudo en cinta, y después se distribuye en discos ópticos, normalmente DVDs. Hay excepciones, como las cámaras de vídeo que graban directamente en DVD, las videocámaras de Digital8 que codifican el vídeo digital en cintas analógicas convencionales, y otras videocámaras de alto precio que graban vídeo digital en discos duros o memoria flash.

Historia

El video digital se introdujo por primera vez en 1983 con el formato D-1 de Sony, que grababa una señal no comprimida de vídeo componente de definición estándar en forma digital en vez de en las formas analógicas de banda alta que habían sido frecuentes hasta ahora. Debido al coste, el formato D-1 fue usado principalmente por grandes cadenas de televisión. Finalmente sería reemplazado por sistemas más baratos que usaban datos comprimidos, más notablemente por el Betacam Digital de Sony, aún muy usado como un formato de grabación de campo por productores de televisión profesionales.

El video digital para el mercado de consumo apareció por primera vez en la forma de QuickTime, la arquitectura de Apple Computer para los formatos de datos basados en tiempo y streaming, que apareció en forma básica alrededor de 1990. Las primeras herramientas de creación de contenido a nivel del mercado de consumo eran básicas, requiriendo digitalizar una fuente de vídeo analógica a un formato legible por el ordenador. Aunque al principio era de baja calidad, el video digital para el mercado de consumo mejoró rápidamente su calidad, primero con la introducción de estándares de reproducción como MPEG-1 y MPEG-2 (adoptados para el uso en las transmisiones de televisión y el soporte DVD), y después la introducción del formato de cinta DV permitiendo grabar directamente a datos digitales y simplificando el proceso de edición, permitiendo utilizar completamente sistemas de edición no lineal en ordenadores de sobremesa.

Edición de video digital.

Desde hace relativamente poco tiempo la edición de video digital ha crecido gracias al paso que hubo de las antiguas cámaras de video analógicas, al nuevo sistema de grabación digital. Esto facilitó mucho la edición de video, ya que no había que realizar una conversión de analógico a digital, sino que el paso era de digital a digital con la ventaja de no haber pérdida de calidad en imagen y sonido.

Otra de las ventajas que ofrece la grabación digital, es la facilidad de paso que hay a un sistema de edición antes de volcar el video a un formato definitivo de distribución, esta es una de las razones por las que el éxito de la venta de videocámaras digitales ha crecido tanto, hasta llegar a ser el formato estándar.

Esto facilitó mucho el crecimiento de la edición de video en el sector domestico, la grabación, la edición, y la posibilidad de volcado a distintos formatos digitales como el DVD, videos para la web, y cinta de video entre otros, hizo que ya no solo fuera algo exclusivo para profesionales, sino que también se puso al alcance de los usuarios no profesionales.

La edición de video digital en el campo de la informática es el sector donde más recursos son necesarios en cuanto a hardware.

Para la edición de video profesional se dispone de estaciones de gama alta, pero, ¿qué se necesita para editar video digital no profesional?:

Hardware:

Cámara de video con grabación DV, mini DV o las últimas cámaras que graban directamente a un disco duro extraíble.

  • Pc Pentium IV entre 3 Ghz y 3,6 Ghz.
  • 2 Gb de memoria DDR (mínimo).
  • Tarjeta gráfica 128 Mb con soporte de DirecX y Open GL.
  • 2 discos duros de 40 Gb (para software) y otro de 200 Gb (para archivos) a una velocidad mínima de 7200 rpm.
  • Puertos USB 2 y entrada IEEE1394.
  • Tarjeta de edición y captura de video.

Nota: esta configuración es recomendable para editar video de forma óptima, aunque se pueden utilizar configuraciones más bajas, pero afectarán al rendimiento de la captura y edición.

Software:

Son varios los software que hay para la edición de video digital, entre los más destacados se encuentran Avid Xpress, Adobe Premiere, Pínnale Studio, Dazzle DV entre los más utilizados.

Avid Xpress es un software profesional que ofrece una alta calidad, pero con el inconveniente de tener un precio desorbitado para un usuario no profesional, además de un aprendizaje complejo.

Adobe Premiere es un conocido programa de edición de video, que ofrece una alta calidad, es más accesible para usuarios no profesionales, y es uno de los más conocidos y utilizados.

Pinnacle Studio y Dazzle son paquetes de edición y captura

muy accesibles, pero quizá con el inconveniente de ser muy básicos, pudiéndose echar en falta opciones, filtros o transiciones más avanzadas.







Enlaces recomendados:

  • http://es.avid.com/index - Avid Xpress
  • www.adobe.es – Adobe Premiere
  • www.pinnaclesys.com – Pínnacle y Dazzle
Para un ejemplo concreto de esta utilización, se recomienda ver el artículo "Análisis de video: exploración de la realidad Matemática".

viernes, 18 de abril de 2008

DESPUÉS: " VALORES EDUCATIVOS "

Para la realización del DESPUÉS de los valores he pensado en tratar el Artículo 1 y 14 de la Constitución Española.


Artículo 1.
1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.


2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.


3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.


Artículo 14.
Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.


He intentado buscar cuántos colegios públicos, privados y concertados hay en España, pero me ha sido imposible encontrar algun dato que justifique el número de ellos.

Además de lo anterior a continuación presento una presentación de Power Point de los Valores.